DOCUMENTO SOPORTE ELECTRONICO
El
documento soporte electrónico es obligatorio desde el 1 de agosto de 2022,
según la Resolución 000488 de la DIAN. Lo deben generar las personas naturales
o jurídicas que compran bienes o servicios a proveedores que no están obligados
a facturar.
¿Quiénes están obligados a
emitirlo?
· * Compradores y/o adquirientes de bienes y
servicios
· * Quienes necesitan soportar costos,
deducciones e impuestos descontables en sus declaraciones de renta y
complementarios. Osea, todas las personas
naturales o jurídicas, que necesiten respaldar una transacción de compra de un
bien o servicio con un proveedor que no está obligado a expedir factura de
venta
¿Para qué sirve?
· * Para respaldar la transacción de compra
· * Para tener el soporte de todos los costos y
deducciones
· * Para descontar los impuestos en las
declaraciones tributarias
¿Cuáles son sus beneficios?
· * Usar el costo o la deducción en la
declaración de renta
·+ *Mantener actualizada la información de costos,
deducciones e impuestos descontables reportados a la DIAN
“El documento soporte debe tener una numeración autorizada por la DIAN”.