martes, 30 de abril de 2024

FORMATO 1007 EXOGENA - Conceptos que se deben utilizar

¿CUÁLES SON LOS CONCEPTOS QUE SE DEBEN UTILIZAR EN EL FORMATO 1007?

Los ingresos devengados durante el año 2023 deben reportarse en el formato 1007 utilizando los conceptos correspondientes.

Según lo dispuesto en el inciso 1 del artículo 19 de la resolución DIAN 1255 de 2022, en el formato 1007 los obligados a presentar este formato:

“…deberán suministrar apellidos y nombres o razón social, identificación y país de residencia o domicilio de cada una de las personas o entidades, nacionales o extranjeras, de quienes se devengaron ingresos, indicando el valor total de los ingresos devengados y el valor de las devoluciones, rebajas y descuentos.”

Conceptos para reportar ingresos en el formato 1007

Concepto 4001. Ingresos brutos de actividades ordinarias.

Concepto 4002. Otros ingresos brutos.

Concepto 4003. Ingresos por intereses y rendimientos financieros.

Concepto 4004. Ingresos por intereses correspondientes a créditos hipotecarios.

Concepto 4005. Ingresos a través de consorcio o uniones temporales.

Concepto 4006. Ingresos a través de mandato o administración delegada.

Concepto 4007. Ingresos a través de exploración y explotación de hidrocarburos, gases y minerales.

Concepto 4008. Ingresos a través de fiducia.

Concepto 4009. Ingresos a través de terceros (Beneficiario).

Concepto 4011. Ingresos a través de joint venture.

Concepto 4012. Ingresos a través de cuentas en participación.

Concepto 4013. Ingresos a través de convenios de cooperación con entidades públicas.

Concepto 4014. Ingresos por ventas con puntos premio redimidos en el período, procedentes de programas de fidelización.

Concepto 4015. Ingresos por puntos premio vencidos o no reclamados en el periodo, procedentes de programas de fidelización. E.T. art.28 num.8. Se debe reportar con el NIT del informante.

Concepto 4016. Ingresos por ventas con puntos premio redimidos en el período, incluidos en el concepto 4015 que corresponden en años anteriores, en virtud de la aplicación del Art.28 Num.8 E.T. Se debe reportar con el NIT del informante.

Concepto 4017. Ingresos por recuperaciones de costos y deducciones que constituyen renta líquida. E.T arts.195 a 198. Las transacciones donde no se identifique un tercero informado se deben reportar con el NIT del informante.

Concepto 4018. Ingresos por diferencia en cambio. Se debe reportar con el NIT del informante.

Fuente: Artículo 19 de la resolución DIAN 1255 de 2022.



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