¿CUÁLES SON LAS NOVEDADES PARA LA DECLARACIÓN DE RENTA DE PERSONAS NATURALES PARA EL AÑO 2023?
La ley 2277 de
2022 realizó algunas modificaciones en la tributación de las personas naturales
que serán aplicables en la declaración de renta del año gravable 2023.
Cambios
aplicables a personas naturales con residencia fiscal
Nueva deducción
de dependientes económicos de setenta y dos (72) UVT por dependiente hasta un
máximo de cuatro (4) dependientes, deducción que solo será aplicable para
quienes reciban rentas de trabajo. Además, esta deducción es concurrente con la
deducción de dependientes económicos del artículo 387 del Estatuto Tributario.
Nueva deducción
del el uno por ciento (1%) del valor de las adquisiciones, sin importar si
tienen o no relación de causalidad con la actividad productora de renta del
contribuyente, siempre y cuando se cumplan unos requisitos como estar soportada
en factura electrónica y que la factura se encuentre pagada a través de tarjeta
débito/crédito o cualquier medio electrónico en el cual intervenga una entidad
vigilada por la Superintendencia Financiera, sin que exceda doscientas cuarenta
(240) UVT al año.
Nuevo límite
para la renta exenta general del 25% prevista en el numeral 10 del artículo 206
del Estatuto de 790 UVT al año.
Se cambió la
limitación general a las rentas exentas y deducciones de la cédula general de
5.040 UVT al año a 1.340 UVT al año.
Para calcular el
impuesto de renta ahora deberá sumarse la renta líquida de la cédula general,
la renta líquida de la cédula de pensiones y la renta líquida de la cédula de
dividendos y participaciones, a esta sumatoria se aplicarán las fórmulas
contenidas en el artículo 241 del Estatuto Tributario.
Aplicará el
nuevo descuento tributario de dividendos y participaciones del artículo 254-1
del Estatuto Tributario.
Aplicará la
renta exenta para las pensiones obtenidas en el exterior.
Fuente: Ley 2277
de diciembre 13 de 2022.
No hay comentarios:
Publicar un comentario