CAPÍTULO
IX. PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO.
Alcance de este capítulo
9.1 Las propiedades, planta y equipo son activos tangibles que:
(a) se mantienen
para su uso en la producción o en el suministro de bienes o servicios, para
arrendarlos a terceros, con propósitos administrativos o con fines de valorización,
y
(b) se esperan
usar durante más de un periodo contable.
Reconocimiento
9.2 Las microempresas reconocerán el costo de las propiedades, planta y
equipo de acuerdo con los criterios establecidos en el numeral 2.19.
9.3 Los terrenos y los edificios se contabilizarán por separado,
incluso si hubieran sido adquiridos en forma conjunta.
9.4 Las piezas de repuesto y el equipo auxiliar se registran
habitualmente como inventarios, y se reconocen en el resultado del periodo
cuando se consumen. Sin embargo, las piezas de repuesto importantes y el equipo
de mantenimiento permanente son propiedades, planta y equipo cuando la entidad
espera utilizarlas durante más de un periodo. De forma similar, si las piezas
de repuesto y el equipo auxiliar solo pueden ser utilizados con relación a un
elemento de propiedades, planta y equipo, se considerarán también propiedades,
planta y equipo
9.5 Ciertos componentes de algunos elementos de propiedades, planta y
equipo pueden requerir su reemplazo a intervalos regulares (por ejemplo, el
techo de un edificio). Estos componentes se reconocerán por separado. Una
entidad añadirá el costo de reemplazar componentes de tales elementos al valor
en libros de un elemento de propiedades, planta y equipo cuando se incurra en
ese costo, si se espera que el componente reemplazado vaya a suministrar
beneficios futuros adicionales a la entidad. El valor en libros de estos
componentes sustituidos se dará de baja en cuentas de acuerdo con los párrafos
9.13 a 9.15.
Medición
en el momento del reconocimiento.
9.6 Las propiedades, planta y equipo deben ser valorados a su costo.
Componentes
del costo - medición inicial
9.7 El costo de los terrenos, instalaciones o equipos comprende su
precio de adquisición, incluidos los derechos de importación y los impuestos
indirectos no reembolsables y cualquier costo directamente atribuible al
acondicionamiento del activo para el uso previsto. Al determinar el precio de
adquisición se deberán deducir los descuentos y rebajas comerciales.
Medición
posterior al reconocimiento inicial
9.8 Una microempresa medirá todos los elementos de propiedades, planta
y equipo tras su reconocimiento inicial al costo menos la depreciación
acumulada y las pérdidas por deterioro del valor acumuladas.
Depreciación
9.9 El monto depreciable de las propiedades, planta y equipo debe
reconocerse como gasto a lo largo de su vida útil, entendiéndose por esta, el
periodo durante el cual se espera que un activo esté disponible para el uso de
la microempresa, o el número de unidades de producción esperadas del activo por
la microempresa.
9.10 Los terrenos por tener vida ilimitada, no son objeto de
depreciación. Las construcciones tienen una vida limitada, razón por la cual
son depreciables.
Valor
depreciable y periodo de depreciación
9.11 Una microempresa distribuirá el valor depreciable de forma
sistemática a lo largo de su vida útil.
9.12 La depreciación de un activo comenzará cuando esté disponible para
su uso, esto es, cuando se encuentre en las condiciones necesarias para operar
en la forma que lo ha previsto la microempresa. La depreciación de un activo
termina cuando se elimina (o se da de baja) de los estados financieros. La
depreciación no cesará cuando el activo esté sin utilizar o se haya retirado
del uso activo, a menos que se encuentre depreciado por completo. Una
microempresa distribuirá el valor depreciable de un activo de forma sistemática
a lo largo de su vida útil. El método más simple es la depreciación lineal, lo
que no quiere decir que no se puedan utilizar otros métodos de reconocido valor
técnico.
Baja
en cuentas
9.13 Una microempresa dará de baja en
cuentas un elemento de propiedades, planta y equipo.
(a) cuando
disponga de él; o
(b) cuando no se
espera obtener beneficios económicos futuros por su uso o disposición.
9.14 Una microempresa reconocerá la ganancia o pérdida por la baja en
cuentas de un elemento de propiedades, planta y equipo en el resultado del
periodo en que el elemento sea dado de baja en cuentas.
9.15 Una microempresa determinará la ganancia o pérdida procedente de la
baja en cuentas de un elemento de propiedades, planta y equipo, como la
diferencia entre el producto neto de la disposición, si lo hubiera, y el valor
en libros del elemento.
Presentación
de los estados financieros
9.16 Una microempresa clasificará sus propiedades planta y equipo como
activos no corrientes.
Información
a revelar
9.17 En notas a los estados financieros debe revelarse, para cada
categoría de estos activos, una conciliación del valor contable al comienzo y
al final del periodo en la que se indiquen:
(a) Las adiciones;
(b) Las
enajenaciones;
(c) La
depreciación; y
(d) Otros
movimientos.
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