domingo, 21 de abril de 2024

CONTRIBUYENTE DE IMPUESTO DE RENTA OBLIGADA A PRESENTAR EXÓGENA AG2023 - CASO PRÁCTICO: PERSONA NATURAL

CASO PRÁCTICO: PERSONA NATURAL CONTRIBUYENTE DE IMPUESTO DE RENTA OBLIGADA A PRESENTAR EXÓGENA AG2023

Para determinar si la persona natural contribuyente del impuesto de renta está obligada a presentar la información exógena deberá revisarse si cumple con las dos condiciones establecidas en el inciso 1 del literal d) del artículo 1 de la resolución 1255 de 2022, así:

Durante el año gravable 2022 o en el año gravable 2023 hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos ($500.000.000).

Los Ingresos brutos obtenidos por rentas capital y/o rentas no laborales durante el año gravable 2023 superen los cien millones de pesos ($100.000.000)._

Nota: Si no cumple con las dos condiciones no estará obligada a presentar información exógena por el literal d), pero deberá revisarse si queda obligada a presentarla por tener la calidad de agente de retención en la fuente y cumplir con el literal f) del artículo 1 de la resolución 1255 de 2022

Caso práctico.

Una persona natural tiene la siguiente información:

En el año 2022 obtuvo ingresos derivados de la venta de mercancías por valor de 470.000.000 y $110.000.000 de ganancias ocasionales correspondiente a la venta de un activo fijo.

Los ingresos del año gravable 2023 se obtuvieron de:

Ingresos por rentas de trabajo por valor de $37.000.000.

Ingresos de rentas de capital por valor de $12.000.000

Ingresos de rentas no laborales por valor de $407.000.000

Ganancias ocasionales por valor de $150.000.000.

¿Esta persona natural está obligada a presentar información exógena?

Respuesta: 

En este caso, como se trata de una persona natural que es contribuyente del impuesto sobre la renta, se debe revisar si cumple con las dos condiciones previstas en el inciso 1 del literal d) del artículo 1 de la resolución 1255 de 2022, así:

El total de ingresos brutos del año 2022, incluyendo los ingresos por ganancias ocasionales fueron de $580.000.000.

Por lo tanto, cumplió con la primera condición que consiste en que los ingresos brutos totales del año 2022 o los ingresos del año 2023, sean superiores a $500.000.000.

Los ingresos provenientes de las rentas no laborales ($407.000.000) sumados con los ingresos de rentas de capital ($12.000.000), fueron superiores a $100.000.000.

Por lo tanto, esta persona natural sí está obligada a presentar la información exógena porque cumplió con las dos condiciones señaladas en el inciso 1 del literal d) del artículo 1 de la resolución 1255 de 2022.

Fuente: Artículo 1 de la resolución DIAN 1255 de 2022.



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